Estatal

Imperante elección de comisariados ejidales

Timoteo López Pérez, diputado local de Morena, sometió a la consideración del Pleno de la Diputación Permanente un acuerdo económico por el cual exhorta a la Procuraduría Agraria para que convoque a realizar la elección de Comisariado Ejidal en los núcleos donde exista un retraso en el nombramiento de éste.

Explicó que parte de la gobernabilidad en los municipios es que las decisiones se encuentren apegadas a derecho y se realicen en tiempo y forma, por lo que es necesario darle prioridad a que la elección de comisariados ejidales se realice en los tiempos adecuados para que estos se puedan ejercer funciones y evitar conflictos que generen ingobernabilidad en las diversas regiones del Estado.

Añadió que si bien el estado reconoce ahora a los ejidatarios, comuneros y otros sujetos vinculados a la propiedad social al igual que los propietarios privados, también reconoce la obligación federal de proteger sus derechos y garantizar el cumplimiento de sus obligaciones frente a terceros regulados por el marco agrario.

Este reconocimiento, dijo, da origen a la Procuraduría Agraria, cuya actividad fundamental que regula en la ley Agraria. Este le atribuye a la Procuraduría Agraria la obligación de promover la pronta, expedita y eficaz administración de justicia agraria, tendiente a garantizar la seguridad jurídica en la tenencia de la tierra ejidal y comunal en los terrenos nacionales.

La Procuraduría Agraria, indicó, lleva a cabo acciones orientadas a elevar socialmente el nivel de vida en el campo, a consolidar los núcleos de población agraria y proteger los derechos que la ley otorga a los sujetos agrarios, asegurando su pleno ejercicio.

Timoteo López detalló la situación agraria en el Estado de Hidalgo, que tiene mil 29 ejidos registrados; una superficie ejidal registrada de 796 mil 447 hectáreas; el número de ejidos registrados con tierras destinadas a la parcelación es de 938; la superficie ejidal registrada destinada a la parcelación es de 419 mil 293 mil hectáreas, de acuerdo con datos del Registro Nacional Agrario Nacional correspondientes a 2018.

Explicó que de acuerdo con la Ley Agraria, los órganos de los ejidos son: La Asamblea; el comisariado ejidal, y el consejo de vigilancia. La asamblea podrá ser convocada por el comisariado ejidal o por el consejo de vigilancia, ya sea a iniciativa propia o si así lo solicitan al menos veinte ejidatarios o 20% del total de ejidatarios que integren el núcleo de población ejidal.

También, establece que si el comisariado o el consejo no lo hicieren en un plazo de cinco días hábiles a partir de la solicitud, el mismo número de ejidatarios podrá solicitar a la procuraduría Agraria que convoque a la asamblea.

En cuanto a la temporalidad -señala- los integrantes de los comisariados y de los consejos de vigilancia durarán en sus funciones tres años. En adelante no podrán ser electos para ningún cargo dentro de ejido, sino hasta que haya transcurrido un lapso igual a aquél en que estuvo en ejercicio.

Añade que si al término del periodo para el que haya sido electo el comisariado ejidal no se han celebrado elecciones, sus miembros propietarios serán automáticamente sustituidos por los suplentes. El consejo de vigilancia deberá convocar a las elecciones en un plazo no mayor de 60 días contado a partir de la fecha en que concluyan las funciones de los miembros propietarios.

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